La filosofía nos ha enseñado a distinguir el "ser" del "deber ser", por lo que, más allá de no encontrar una respuesta afirmativa a las necesidades sobre las personas, nos encontramos con la existente problemática sobre el reconocimiento de la diferencia y el derecho a la identidad, como lo es el caso de un varón que procura el reconocimiento de su identidad desde muy temprana edad, procurando ser reconocido mujer transgénero.
El portal de noticias *ffNEWs* aborda el tema, haciendo alusión al relato del libro “Yo nena, yo princesa”, destacado de interés cultural por el Senado de la Nación Argentina, escrito por Gabriela Mansilla, con el sello editorial de la Universidad Nacional de General Sarmiento, narrado en primera persona por la madre de un varón, el cual nace varón biológico, pero sentía ser nena. El libro plantea el reconocimiento de la diferencia y el derecho a la identidad, permitiéndole así a Manuel, convertirse en Luana, la primera niña transgénero del mundo en obtener su cambio de identidad registral sin tener que recurrir a la justicia.
El libro recorre diversas disciplinas de carreras humanísticas como de ciencias de la salud, tales como la psicología, la sociología, la pedagogía, la antropología (ciencia que estudia la realidad del ser humano a través de un enfoque holístico, en el que el todo determina el comportamiento de las partes, analiza al hombre en el contexto cultural y social del que forma parte, estudiando así el origen del ser humano, su desarrollo como especie social y los cambios en sus conductas según transcurre el tiempo) en lo que se refiere a identidad sexual que se distingue del sexo biológico, entre otras.
Existen diversas opiniones sobre si el sexo biológico puede o no coincidir con la orientación sexual. En el libro no coinciden. Es ahí donde se plantean diversos argumentos basados sobre cada apoyo desde las diferentes ciencias y disciplinas. Lo importante es trabajar en la convergencia de igualdad de trato y de oportunidades sin importar la orientación de la persona humana, lo cual establece la Ley de Igualdad de Género en su artículo 12.
La Ley de Matrimonio Igualitario en Argentina en el año 2010 (Ley. 26.618), ha sido clave para dar paso a nuevas leyes y así poder avanzar y enfocarse en los derechos de las personas, sin importar su identidad de género. Gracias a las diferentes leyes que surgieron en los últimos años y a las carreras y disciplinas que convergen en la materia, el país dio un salto importante en cuanto al género. Si bien nuestro Código Civil y Comercial ha sufrido grandes cambios en el último tiempo, todavía falta mucho por qué trabajar.
De ahí que observamos cómo la Niñez y la Adolescencia se han convertido en una de las principales políticas públicas del Estado. Con la última reforma del Código Civil, la cual entra en vigencia el 1 de enero de 2016, se logra dejar de lado al menor impúber y al menor adulto, convirtiéndolos así en menores y adolescentes hasta que alcanzan la mayoría de edad a través de la autonomía progresiva. En el libro le deniegan la tramitación del DNI por considerarlo menor impúber, considerándolo a Manuel incapaz absoluto o bien, que su voluntad podía estar viciada. Luego de varios trabajos realizados por distintos profesionales, a través del SENAF, logran la obtención del DNI.
En la actualidad, contamos con los Equipos de Orientación Escolar que acompañan a las instituciones educativas en el sostenimiento de las trayectorias escolares de los niños, niñas, jóvenes y adolescentes. Estos equipos apuntan a la prevención de problemáticas psicológicas, pedagógicas, sociales y a la promoción de la salud integral de la comunidad educativa a través de intervenciones orientadoras, de asesoramiento y de apoyo. Por esto mismo, es fundamental el rol que ocupa el preceptor, siendo éste el nexo con el alumno. Claro es, que Argentina, ha asumido la responsabilidad tanto en materia legislativa, administrativa, educativa y social.
Otro caso que refleja la evolución en la Argentina, un caso de género fluido que se da en Mendoza, donde el registro civil tomó la decisión de rectificar las partidas de nacimiento de dos personas no binarias sin conseguir ningún género en éstas (las personas del género no binario no se identifican con género femenino o masculino, se sienten cómodas expresándose libremente, hay momentos en los que pueden identificarse con un género durante un tiempo, y luego con el opuesto). Esto denota la importancia de la Ley de Identidad de Género aprobada en 2012. Si bien es un gran avance, hay asuntos que quedan un tanto inconclusos, por ejemplo, qué pasará a la hora de votar y cómo figurarán en los padrones. Es un caso reciente y hay mucho trabajo por delante legislativo. Con tiempo se esclarecerá el tema.